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mayo  5, 2024

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Hacia un capitalismo más humano

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Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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Hacia un capitalismo más humano

 

Por Julio A. J. Carrillo

 

El arzobispo de la Plata Monseñor Victor Manuel Fernández, se hizo presente en el XXIV Encuentro Anual de ACDE y de manera virtual se refirió a la dimensión espiritual de la tarea del empresario que tanto tiene que ver con el dinero, por lo que si este es el único móvil estamos en problemas, expresando: “Si la ganancia es el único motivo estamos en problemas, no es necesario negarlo ya que es un derecho y móvil legítimo” pero el empresario es una noble vocación que hace falta, en primer lugar tienen que estar las ganas de mejorar el mundo .

 

Se refirió al Papa, manifestando que entiende al empresario como un dador de trabajo, como alguien que crea fuentes de trabajo.  “A más de un empresario yo he escuchado decir que esa no es su tarea fundamental, pero un empresario cristiano, que asumió la doctrina social de la Iglesia, no puede negar que su tarea tiene una función social”. Función que “está concretizada en ofrecer trabajo, y quizá a veces en tener una ganancia un poquito menor, pero ofrecer trabajo, porque la falta de trabajo arruina familias, destruye hogares, logra que algunos niños crezcan con poca dignidad, son vidas fracasadas. Por lo tanto, tiene que estar en el empresario cristiano la pasión por dar trabajo”.

 

Finalmente, cito a Enrique Shaw, a quien “no sólo le gustaba dar trabajo, sino que le encantaba ver que los trabajadores de su empresa se desarrollaban, crecían, maduraban. Tenía esta pasión por la vida y la dignidad de los trabajadores”. Expresó: “Si nos preguntan qué espera la Iglesia de ustedes, empresarios cristianos, yo les diría en primer lugar que sean exitosos, que sean fecundos”, porque eso demuestra “que la fe no mutila a las personas, que la fe no los limita en su desarrollo, que la fe no mata sus capacidades y sus carismas propios, entonces lo primero es que les vaya bien, que sean exitosos, pero lo segundo es que vivan su tarea, su compromiso y su vocación con espíritu, que no se resignen a una forma superficial y vacía de vivir la tarea empresarial. No se resignen, en el mundo hay tanto de eso… No caigan en ese vacío”.

 

La Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresa (ACDE) cerró su XXIV Encuentro Anual con una exhortación a construir una nueva hoja de ruta para la Argentina basada en el perdón, la recuperación de la confianza social, la libertad, la democracia, la defensa del medio ambiente y de la propiedad privada como motor del desarrollo, la inversión y la generación de trabajo decente. Ante más de 1000 personas que siguieron los debates en forma virtual, referentes sociales, religiosos, empresariales, sindicales, políticos y académicos intercambiaron ideas y experiencias en torno a la consigna “Hacia un capitalismo más humano”. La Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresa es una asociación de ejecutivos, emprendedores, profesionales independientes y empresarios, que tiene como objetivo constituirse en un ámbito de análisis y reflexión de la temática empresaria a la luz de los valores cristianos; y de acción, a través de su compromiso social en una labor empresarial regida por principios éticos y al servicio del bien común.

 

En este número del Suplemento de Derecho Económico, Marcelo Urbano Salerno, nos presenta “En Torno a las Prestaciones divisibles e Indivisibles según el Código Civil y Comercial de la Nación) (ley 26.994)”. Entre otras cuestiones, el autor nos dice que “Para entrar a fondo en la materia, hay que considerar el hecho de la indivisibilidad de la prestación cuando existe pluralidad de acreedores y deudores. La indivisibilidad puede obedecer a la naturaleza de la prestación, determinada en forma racional; ser subjetiva, si fue estipulada por la voluntad de las partes, o impuesta por la ley. En cada hipótesis el análisis merece rigor jurídico, porque a veces son casos híbridos que cuesta identificar con precisión. De todos modos, la obligación indivisible se convierte en divisible ante el incumplimiento de la prestación, si el acreedor o los coacreedores optan por demandar al deudor o a los codeudores daños y perjuicios que se deben satisfacer en dinero (art. 1740 CCC).”

 

“Algunas obligaciones contractuales presentan la modalidad de ser cumplidas en forma fraccionada, sin que ello obste a que sean indivisibles. Como ejemplo, pueden darse los supuestos en que el pago se haga efectivo en cuotas. Así ocurre en la compraventa en mensualidades que difieren la cancelación final de la totalidad del precio, así también acontece en los contratos de suministro (arts. 1176, 1778 y 1181 CCC), de servicios continuados (art. 1279 CCC), el precio de una unidad en el contrato de obra por unidad de medida (art. 1255) y de renta vitalicia (arts. 1602 y 1603 CCC). Cada cuota pagadera en dinero es indivisible, ya sea por un mandato legal, o por la voluntad de los contratantes.”.

 

“Dependerá de las circunstancias de hecho cómo resolver los problemas que el legislador no pudo prever. ¿Cuál es la naturaleza de una prestación? En cada caso concreto será el juez quien dará la respuesta razonablemente fundada (art. 3 CCC).”

 

Julio César Crivelli, presenta “LA ADMINISTRACIÓN, EL PODER ABSOLUTO Y LA INEFICIENCIA. Nuevos instrumentos para la administración de los contratos de obras públicas”. El derecho administrativo argentino en materia contractual se ha ido convirtiendo en un corpus iuris autoritario. No existe control efectivo de la Administración por vía jerárquica, ya que carece de competencias técnicas, ni tampoco de la Jurisdicción que demora más de una década en resolver, y el contratante privado está totalmente desprotegido en los hechos.  El artículo está centrado en el contrato de obras públicas y en la Legislación Nacional, la tendencia se repite en todos los contratos administrativos y en todas las legislaciones provinciales.

 

La falta de control efectivo determina un poder casi absoluto de los funcionarios, que pueden hacer lo que les plazca, seguros de que la negativa de derechos no será revisada. Las situaciones en que esta falta de control efectivo se pone de manifiesto son los conflictos técnico-económicos y el pago en término por parte de la Administración.

 

Se analizan los casos típicos en los que puede ejercitarse ese poder absoluto y sin control. se proponen soluciones probadas derivadas de la legislación comparada que aseguran el control efectivo, una resolución rápida de los conflictos y el pago en término.

 

Alicia Caballero presenta “No es la economía, estúpido (nuevamente)”, y sostiene que “El federalismo, la división de poderes, la libertad de expresión e incluso la de pensar distinto, la educación pública, el derecho a transitar libremente, la seguridad física y jurídica, la moneda, son algunas de las bases fundamentales de nuestra vida en sociedad que han sido fuertemente afectadas. Y es nuestro deber de ciudadano que ha tenido la fortuna de recibir una educación superior, el aclarar conceptos y el explicar que no hay posibilidad alguna de desarrollo económico (definido como crecimiento más promoción humana) sin una reconstrucción institucional previa.”

 

La autora finaliza diciendo que no aplaquemos nuestro anhelo de un país mejor. La calidad institucional debe preocuparnos aún más que la economía. Porque de ella depende, realmente, el futuro de una Nación y la libertad de sus habitantes.

 

Citar: elDial.com - CC71C9

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