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Hacia un capitalismo más humano
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Texto Completo
Hacia
un capitalismo más humano
Por
Julio A. J. Carrillo
El
arzobispo de la Plata Monseñor Victor Manuel Fernández, se
hizo presente en el XXIV Encuentro Anual de ACDE
y de manera virtual se refirió a la dimensión espiritual de la tarea
del
empresario que tanto tiene que ver con el dinero, por lo que si este es
el
único móvil estamos en problemas, expresando: “Si
la ganancia es el único motivo estamos en problemas, no es necesario
negarlo ya que es un derecho y móvil legítimo” pero el
empresario es una
noble vocación que hace falta, en primer lugar tienen que estar las
ganas de
mejorar el mundo .
Se
refirió al Papa, manifestando que entiende al empresario como un dador
de
trabajo, como alguien que crea fuentes de trabajo.
“A más de un empresario yo he escuchado decir
que esa no es su tarea fundamental, pero un empresario cristiano, que
asumió la
doctrina social de la Iglesia, no puede negar que su tarea tiene una
función
social”. Función que “está concretizada en ofrecer trabajo, y quizá a
veces en
tener una ganancia un poquito menor, pero ofrecer trabajo, porque la
falta de
trabajo arruina familias, destruye hogares, logra que algunos niños
crezcan con
poca dignidad, son vidas fracasadas. Por lo tanto, tiene que estar en
el
empresario cristiano la pasión por dar trabajo”.
Finalmente,
cito a Enrique Shaw, a quien “no sólo le gustaba dar
trabajo, sino que le encantaba ver que los trabajadores de su empresa
se desarrollaban,
crecían, maduraban. Tenía esta pasión por la vida y la dignidad de los
trabajadores”. Expresó: “Si nos preguntan qué espera la Iglesia de
ustedes,
empresarios cristianos, yo les diría en primer lugar que sean exitosos,
que
sean fecundos”, porque eso demuestra “que la fe no mutila a las
personas, que
la fe no los limita en su desarrollo, que la fe no mata sus capacidades
y sus
carismas propios, entonces lo primero es que les vaya bien, que sean
exitosos,
pero lo segundo es que vivan su tarea, su compromiso y su vocación con
espíritu, que no se resignen a una forma superficial y vacía de vivir
la tarea
empresarial. No se resignen, en el mundo hay tanto de eso… No caigan en
ese
vacío”.
La
Asociación Cristiana de
Dirigentes de Empresa (ACDE) cerró su XXIV Encuentro
Anual con una exhortación a construir una nueva hoja de ruta
para
la Argentina basada en el perdón, la recuperación de la confianza
social, la
libertad, la democracia, la defensa del medio ambiente y de la
propiedad
privada como motor del desarrollo, la inversión
y la generación de trabajo decente.
Ante más de 1000 personas que siguieron los debates en forma
virtual, referentes sociales,
religiosos, empresariales,
sindicales, políticos y académicos intercambiaron ideas y experiencias
en torno
a la consigna “Hacia un capitalismo más humano”. La Asociación
Cristiana de
Dirigentes de Empresa es
una asociación de ejecutivos, emprendedores, profesionales
independientes y empresarios, que tiene como objetivo constituirse en
un ámbito
de análisis y reflexión de la temática empresaria a la luz de los
valores
cristianos; y de acción, a través de su compromiso social en una labor
empresarial regida por principios éticos y al servicio del bien común.
En
este número del Suplemento de Derecho Económico,
Marcelo Urbano Salerno, nos presenta “En
Torno a las Prestaciones divisibles e
Indivisibles según el Código Civil y Comercial de la Nación) (ley
26.994)”.
Entre otras cuestiones, el autor nos dice que “Para entrar a fondo en
la
materia, hay que considerar el hecho de la indivisibilidad de la
prestación
cuando existe pluralidad de acreedores y deudores. La indivisibilidad
puede
obedecer a la naturaleza de la prestación, determinada en forma
racional; ser
subjetiva, si fue estipulada por la voluntad de las partes, o impuesta
por la
ley. En cada hipótesis el análisis merece rigor jurídico, porque a
veces son
casos híbridos que cuesta identificar con precisión. De todos modos, la
obligación indivisible se convierte en divisible ante el incumplimiento
de la
prestación, si el acreedor o los coacreedores optan por demandar al
deudor o a
los codeudores daños y perjuicios que se deben satisfacer en dinero
(art. 1740
CCC).”
“Algunas
obligaciones contractuales presentan la modalidad de ser
cumplidas en forma fraccionada, sin que ello obste a que sean
indivisibles.
Como ejemplo, pueden darse los supuestos en que el pago se haga
efectivo en
cuotas. Así ocurre en la compraventa en mensualidades que difieren la
cancelación final de la totalidad del precio, así también acontece en
los
contratos de suministro (arts. 1176, 1778 y 1181 CCC), de servicios
continuados
(art. 1279 CCC), el precio de una unidad en el contrato de obra por
unidad de
medida (art. 1255) y de renta vitalicia (arts. 1602 y 1603 CCC). Cada
cuota pagadera
en dinero es indivisible, ya sea por un mandato legal, o por la
voluntad de los
contratantes.”.
“Dependerá
de las circunstancias de hecho cómo resolver los
problemas que el legislador no pudo prever. ¿Cuál es la naturaleza de
una
prestación? En cada caso concreto será el juez quien dará la respuesta
razonablemente fundada (art. 3 CCC).”
Julio
César Crivelli,
presenta “LA
ADMINISTRACIÓN, EL PODER ABSOLUTO Y LA INEFICIENCIA. Nuevos
instrumentos para
la administración de los contratos de obras públicas”. El
derecho administrativo argentino en materia contractual se ha ido
convirtiendo
en un corpus iuris autoritario. No
existe control efectivo de la Administración por vía jerárquica, ya que
carece
de competencias técnicas, ni tampoco de la Jurisdicción que demora más
de una
década en resolver, y el contratante privado está totalmente
desprotegido en
los hechos. El
artículo está centrado en
el contrato de obras públicas y en la Legislación Nacional, la
tendencia se
repite en todos los contratos administrativos y en todas las
legislaciones
provinciales.
La
falta de control efectivo determina un poder casi absoluto de
los funcionarios, que pueden hacer lo que les plazca, seguros de que la
negativa de derechos no será revisada. Las situaciones en que esta
falta de
control efectivo se pone de manifiesto son los conflictos
técnico-económicos y
el pago en término por parte de la Administración.
Se
analizan los casos típicos en los que puede ejercitarse ese
poder absoluto y sin control. se proponen soluciones probadas derivadas
de la
legislación comparada que aseguran el control efectivo, una resolución
rápida
de los conflictos y el pago en término.
Alicia
Caballero
presenta “No es la economía, estúpido
(nuevamente)”,
y sostiene que “El federalismo, la división de poderes, la libertad de
expresión e incluso la de pensar distinto, la educación pública, el
derecho a
transitar libremente, la seguridad física y jurídica, la moneda, son
algunas de
las bases fundamentales de nuestra vida en sociedad que han sido
fuertemente
afectadas. Y es nuestro deber de ciudadano que ha tenido la fortuna de
recibir
una educación superior, el aclarar conceptos y el explicar que no hay
posibilidad alguna de desarrollo económico (definido como crecimiento
más
promoción humana) sin una reconstrucción institucional previa.”
La
autora finaliza diciendo que no aplaquemos nuestro anhelo de un país
mejor. La
calidad institucional debe preocuparnos aún más que la economía. Porque
de ella
depende, realmente, el futuro de una Nación y la libertad de sus
habitantes.
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